La vigencia de la suspensión perfecta fue ampliada por el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo hasta el 05 de abril del 2021.
La Resolución Ministerial N° 315-2020-TR indica que esta prorroga, dada según el Decreto Supremo Nº 031-2020-SA, se establece debido a la extensión del estado de emergencia.
Las empresas podrán realizar el trámite en la plataforma virtual del MTPE desde el 04 de enero hasta el 08 de enero.
“Si vencido dicho plazo máximo el empleador no extiende la duración de la suspensión perfecta de labores, se entenderá que esta medida ha culminado”, se establece en la norma.
Las empresas que modifiquen el plazo de suspensión, deberán comunicarlo a los trabajadores afectados de manera presencial o virtual.
Esta ampliación aplica a las medidas de suspensión que aún se encuentran en trámites administrativos.
Fuente: Portal web RPP