

Mediante una reciente modificación reglamentaria emitida por el MEF, se ha dejado sin efecto la obligación de realizar aportes previsionales para trabajadores independientes.
Esta actualización a la Ley de Modernización del Sistema Previsional Peruano define que ya no será obligatorio el descuento para pensiones (AFP u ONP) en este segmento de contribuyentes.
Mediante el D.S. Nº 061-2026-EF, se modificó el reglamento para alinearlo a la Ley N° 32445, la cual faculta el retiro extraordinario de hasta 4 UIT de los fondos del SPP. Esta adecuación normativa oficializa los procedimientos para el acceso a dichos recursos.
Es preciso recordar que, en septiembre de 2025, el Ejecutivo reglamentó la Ley de Modernización Previsional, estableciendo originalmente que los trabajadores independientes debían aportar obligatoriamente a las AFP u ONP a partir del 2028.
No obstante, mediante la Ley N° 32445, se dejó sin efecto dicha obligatoriedad de aportes para los trabajadores independientes, eliminando la exigencia previsional que se había proyectado inicialmente.
En este contexto, el MEF ha dispuesto que los trabajadores independientes podrán realizar aportes previsionales bajo una modalidad estrictamente voluntaria.
Fuente: ANDINA
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