¿Eres uno de los nuevos sujetos obligados a inscribirte al RUC?
¿Eres uno de los nuevos sujetos obligados a inscribirte al RUC?
La identificación de estas personas y entidades se basa en información proporcionada por terceros o ya en poder de SUNAT.
De acuerdo a la Resolución 000130-2024/SUNAT, publicada el diario oficial, aquellos sujetos que al 31 de julio del 2024 se encuentren en alguno de estos supuestos, deben inscribirse en el Registro Único de Contribuyentes (RUC) a más tardar el 30 de setiembre del presente año.
¿Quiénes deben inscribirse en el RUC?
La obligación de inscribirse en el RUC recae sobre las personas y entidades que se encuentren en alguna de las siguientes categorías:
1. Ser propietarios de cinco o más terrenos cuyo valor total exceda las 126 UIT, equivalente a 648,900 soles.
2. Ser propietarios de acciones o participaciones en empresas peruanas o extranjeras cuyo valor total exceda las 100 UIT, equivalente a 515,000 soles.
3. Haber realizado compras de bienes sujetos a percepciones del IGV que, en total, excedan las 10 UIT anuales, equivalentes a 51,500 soles.
4. Haber recibido intereses por depósitos en cuentas de entidades financieras y que el total de los saldos en estas cuentas exceda las 300 UIT, equivalentes a 1,545,000 soles.
La SUNAT tiene la facultad de inscribir de oficio en el Registro Único de Contribuyentes (RUC) a aquellos sujetos que, de acuerdo con la normativa vigente, están obligados a hacerlo y no lo han hecho dentro del plazo establecido.Créditos corporativos y contratación de SOAT
También se especifica que deben registrarse en el RUC las personas que lleven a cabo operaciones con entidades financieras y aseguradoras, como solicitar créditos corporativos por montos superiores a 10 UIT, o contratar el SOAT para vehículos de transporte de carga pesada de las categorías N2 y N3.
En este contexto, la SUNAT también podrá registrar en el RUC a las personas que, tras la entrada en vigor de esta resolución, debieron inscribirse por solicitar créditos y que tengan un saldo de endeudamiento total superior a 10 UIT
La presente medida se enmarca dentro de las estrategias de la SUNAT para ampliar la base tributaria y fomentar el cumplimiento voluntario de las obligaciones fiscales por parte de los contribuyentes.
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Fuente: Perú21