Sunat amplía su base tributaria ¿Quiénes son los nuevos sujetos obligados a inscribirse al RUC?

sunat
sunat

¿Eres uno de los nuevos sujetos obligados a inscribirte al RUC?

La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (SUNAT) ha establecido que deben inscribirse en el Registro Único de Contribuyentes (RUC) personas y entidades que en base al tipo, cantidad o valor de los bienes de su propiedad o servicios consumidos, podrían realizar actividades económicas que generen obligaciones tributarias.

sunat

La identificación de estas personas y entidades se basa en información proporcionada por terceros o ya en poder de SUNAT. 

De acuerdo a la Resolución 000130-2024/SUNAT, publicada el diario oficial, aquellos sujetos que al 31 de julio del 2024 se encuentren en alguno de estos supuestos, deben inscribirse en el Registro Único de Contribuyentes (RUC) a más tardar el 30 de setiembre del presente año.

¿Quiénes deben inscribirse en el RUC?

La obligación de inscribirse en el RUC recae sobre las personas y entidades que se encuentren en alguna de las siguientes categorías:

1. Ser propietarios de cinco o más terrenos cuyo valor total exceda las 126 UIT, equivalente a 648,900 soles.

2. Ser propietarios de acciones o participaciones en empresas peruanas o extranjeras cuyo valor total exceda las 100 UIT, equivalente a 515,000 soles.

3. Haber realizado compras de bienes sujetos a percepciones del IGV que, en total, excedan las 10 UIT anuales, equivalentes a 51,500 soles.

4. Haber recibido intereses por depósitos en cuentas de entidades financieras y que el total de los saldos en estas cuentas exceda las 300 UIT, equivalentes a 1,545,000 soles.

La SUNAT tiene la facultad de inscribir de oficio en el Registro Único de Contribuyentes (RUC) a aquellos sujetos que, de acuerdo con la normativa vigente, están obligados a hacerlo y no lo han hecho dentro del plazo establecido.Créditos corporativos y contratación de SOAT

También se especifica que deben registrarse en el RUC las personas que lleven a cabo operaciones con entidades financieras y aseguradoras, como solicitar créditos corporativos por montos superiores a 10 UIT, o contratar el SOAT para vehículos de transporte de carga pesada de las categorías N2 y N3.

En este contexto, la SUNAT también podrá registrar en el RUC a las personas que, tras la entrada en vigor de esta resolución, debieron inscribirse por solicitar créditos y que tengan un saldo de endeudamiento total superior a 10 UIT

La presente medida se enmarca dentro de las estrategias de la SUNAT para ampliar la base tributaria y fomentar el cumplimiento voluntario de las obligaciones fiscales por parte de los contribuyentes.

 

También puedes leer: SBS refuerza la seguridad financiera ante operaciones no reconocidas.

Fuente: Perú21

Comments are closed.