Triple pago en feriados del 23, 28 y 29 de Julio.
La Cámara de Comercio de Lima (CCL) informa que el miércoles 23, lunes 28 y martes 29 de julio serán feriados nacionales obligatorios y remunerados para todos los trabajadores, tanto del sector público como del privado.
De acuerdo con la Ley de Descansos Remunerados (Decreto Legislativo Nº 713), específicamente su artículo 6.
Los feriados de julio tienen sus razones: el día 23 se conmemora el heroísmo del Capitán FAP José Abelardo Quiñones Gonzales en el Día de la Fuerza Aérea del Perú, y el 28 y 29 de julio son por la celebración de la Independencia del Perú.
No obstante, Álvaro Gálvez, de la CCL, aclaró que si un empleado trabaja en estos feriados y no recibe un día de descanso compensatorio, deberá recibir una remuneración triple por cada día feriado trabajado.
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Fuente: ANDINA