El plazo límite para realizar la declaración anual del Impuesto a la Renta (IR) del 2020 ya está venciendo
El plazo límite para realizar la declaración anual del Impuesto a la Renta (IR) del 2020 ya está venciendo
Los contribuyentes que no presenten su Declaración Jurada del Impuesto a la Renta 2020 hasta el 12 de abril serán multados por la Sunat, dependiendo de su cronograma, según informó la Cámara de Comercio de Lima (CCL).
El gerente del Centro Legal de la CCL, Víctor Zavala, indicó que estas multas varía según se trate de contribuyentes del Régimen General, Régimen MYPE Tributario o de personas naturales que han generado rentas de capital o de trabajo.
Para las empresas en el Régimen General y Régimen MYPE Tributario, la multa es de S/ 4,400. Pero, si la omisión se regulariza voluntariamente la multa será el 10% de la UIT, es decir, S/ 440, esto siempre y cuando se pague la multa. Si la declaración jurada se regulariza sin pago de la multa entonces te cobrarán el 20% de una UIT, equivalente a S/ 880.
Para las personas naturales, la multa es 50% de la UIT, equivalente a S/ 2,200. Sin embargo, en el caso la omisión a la declaración jurada se regularice voluntariamente, la multa será del 10% de S/ 2.200 (S/ 220) si se paga esta sanción al mismo tiempo de la regularización.
Si presenta la declaración jurada omitida sin pagar la multa entonces la multa será del 20% de S/ 2,200, es decir, S/ 440.
Tenga en cuenta que se estas rebajas se aplican cuando el contribuyente regulariza la presentación ante de que la Sunat haga el requerimiento.
En caso la declaración jurada se regularice cuando la Sunat haga el requerimiento entonces las multas (inicialmente de S/4,400 para empresas y de S/2,200 para trabajadores) solo tendrán una rebaja del 60% si se hace la regularización junto con el pago.
Si no se hace el pago con la regularización entonces la rebaja solo será de 50% de la sanción.
Según Zavala, las multas se pagan con intereses moratorios (1.0% mensual o 0.03% diario), desde el día siguiente al vencimiento hasta la fecha de pago.
Fuente: Portal web RPP