Hoy lunes 13 de mayo marca el último día que las empresas en Perú tienen para depositar las utilidades a sus trabajadores, luego de presentar la Declaración Jurada Anual del Impuesto a la Renta. Recordemos que este beneficio adicional es un derecho fundamental de los trabajadores peruanos.
¿Qué sanciones se aplican a las empresas que no pagan las utilidades?
Si tu empresa no cumple con el pago de utilidades dentro del plazo establecido, no te alarmes, tienes derecho a reclamar y proteger tus intereses.
1.Multas: Las multas por el incumplimiento del pago de utilidades oscilan entre S/ 1.138 y S/ 260.023. El monto específico depende de la gravedad de la infracción y del número de trabajadores afectados.
-Gravedad de la infracción: Se toman en cuenta aspectos como la cantidad de días de retraso en el pago, la reincidencia en la falta y el número de trabajadores perjudicados.
-Número de trabajadores afectados: Mientras más trabajadores se vean afectados por el incumplimiento, mayor será la multa.
2.Denuncia ante Sunafil: Si tu empresa no te ha pagado las utilidades dentro del plazo establecido, o si has sido víctima de alguna otra irregularidad laboral, no dudes en presentar una denuncia ante Sunafil (Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral).
¿Cómo presentar una denuncia ante Sunafil?
-Reunir Información: Consultar su boleta de pago para verificar si figura el concepto de «utilidades» y el monto correspondiente.
-Se puede presentar una denuncia ante Sunafil de forma virtual a través de su plataforma web.
-Conservar pruebas: Es importante contar con pruebas que respalden la denuncia, como boletas de pago o cualquier otro documento que acredite la relación laboral con la empresa.
Plazo para presentar una denuncia:
El plazo para presentar una denuncia ante Sunafil es de 30 días a partir del día en que debiste recibir las utilidades.
¿Cuáles son las empresas que están exentas de la obligación de pagar utilidades?
Las empresas individuales, microempresas, autogestionarias, cooperativas, comunales y sociedades civiles no están sujetas a la disposición legal de realizar el depósito.
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Fuente: ANDINA