Respecto a las medidas de la SBS para prevenir el lavado de dinero y la financiación del terrorismo.

SBS introduce cambios en la normativa sobre Personas Expuestas Políticamente.

La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) modifica el artículo 2 de una norma que regula los cargos de las Personas Expuestas Políticamente (PEP) para prevenir el lavado de dinero y el financiamiento del terrorismo, aprobada por la Resolución SBS N° 4349-2016. SBS
Según la Resolución N° 02868-2025, PEP es alguien que, en los últimos dos años, ha ocupado un cargo público importante o ha tenido un puesto destacado en una organización internacional. Estas personas se consideran PEP porque sus finanzas son de interés público.
Además, se incluye en la categoría al colaborador más cercano de la máxima autoridad de una institución.
También entran en esta categoría quienes ocupan o han ocupado los siguientes cargos y funciones, tanto en Perú como en el extranjero.
Esta categoría además incluye a los siguientes cargos en el sistema judicial y militar:
– El Presidente de la Corte Suprema y el Poder Judicial.
– Jueces en todos los niveles (supremos, superiores, especializados o mixtos). SBS
– Gerentes generales, secretarios generales y otros puestos similares en el ámbito militar.
También se consideran Personas Expuestas Políticamente (PEP) a los siguientes funcionarios de entidades públicas, organismos reguladores y entidades autónomas:
– La máxima autoridad.
– Directores y miembros de comités.
– Secretarios generales y jefes de gabinete de asesores.
– Embajadores.
– Funcionarios encargados de compras y adquisiciones en todas las entidades públicas.
– De igual manera, se incluye a los jefes de las áreas de tesorería, presupuesto, finanzas y logística del sector público.
Finalmente se considera PEP a los fundadores, directivos, representantes legales, el contador y el tesorero de partidos políticos o alianzas electorales y a sus candidatos en las elecciones.
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Fuente: ANDINA