Los Decretos Supremos N.º 30-2023-PCM, N.º 34-2023-PCM y N.º 36-2023-PCM declaran en estado de emergencia diversos distritos de Arequipa, Tumbes, Piura, Lambayeque, La Libertad y Lima.
Los Decretos Supremos N.º 30-2023-PCM, N.º 34-2023-PCM y N.º 36-2023-PCM declaran en estado de emergencia diversos distritos de Arequipa, Tumbes, Piura, Lambayeque, La Libertad y Lima.
Los Decretos Supremos N.º 30-2023-PCM, N.º 34-2023-PCM y N.º 36-2023-PCM declaran en estado de emergencia diversos distritos de Arequipa, Tumbes, Piura, Lambayeque, La Libertad y Lima, a los cuales podrían sumarse nuevas localidades por el impacto de los daños que vienen causando las intensas precipitaciones.
La temporada de lluvias, que se inició en septiembre, ha dejado 71 fallecidos y 57 heridos, así como 12,200 damnificados y 49,100 afectados. En tanto, hay 21,682 viviendas afectadas y 3,173 inhabitables, sobre todo en el norte del país, de acuerdo con cifras de Centro de Operaciones de Emergencia Nacional (COEN) al 11 de marzo.
La Resolución de Superintendencia N.° 051-2019 establece una prórroga automática de los plazos de vencimiento relativos a la declaración y pago de las obligaciones tributarias mensuales. También aplaza la presentación de la declaración jurada anual del Impuesto a la Renta e Impuesto a las Transacciones Financieras y el pago de dichos impuestos.
La medida es para aquellos deudores tributarios cuyo domicilio fiscal se encuentre en las zonas declaradas en emergencia por desastres naturales mediante decreto supremo. El objetivo es que las personas naturales y empresas puedan reiniciar o continuar con sus actividades comerciales.
Existen dos tipos de prórrogas tributarias:
Para acceder a la prórroga debes tener tu domicilio fiscal registrado ante la Sunat en alguna de las localidades afectadas. En ese caso, la postergación de tus obligaciones tributarias será automática. Se considerará el cronograma de vencimientos, en función al último dígito del RUC de cada contribuyente.
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Fuente: Portal web Gestión