La Superintendencia Nacional de Aduanas y Administración Tributaria (SUNAT), señala uno de los trámites destacados en la agenda es el Impuesto a la Renta. ¿Quiénes están exentos de este impuesto?
Los trabajadores independientes que emiten recibos por honorarios electrónicos y tienen ingresos mensuales inferiores a S/ 3,755 están exentos de realizar pagos a cuenta del Impuesto a la Renta (IR) durante el 2024. Esto se establece en la Resolución de Superintendencia Nº 000270-2023/Sunat.
Adicionalmente, aquellos que anticipen ingresos anuales no superiores a S/ 45,063 pueden solicitar la suspensión de retenciones o pagos a cuenta del IR. Este beneficio se extiende también a profesionales con funciones directivas y otros ingresos similares, siempre y cuando el total mensual no supere los S/ 3,004. La solicitud de suspensión es válida si se proyectan ingresos anuales inferiores a S/ 36,050.
Es importante destacar que el trámite para la suspensión de retenciones es virtual y tiene vigencia hasta el 31 de diciembre de 2024.
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Fuente: Diario Gestión