Sunafil: Empresas que no den descanso a trabajadores positivos a COVID-19 serán multadas hasta con S/ 241 mil

Sunafil Empresas que no den descanso a trabajadores positivos a COVID19 serán multadas hasta con S 241 mil
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Sunafil Empresas que no den descanso a trabajadores positivos a COVID19 serán multadas hasta con S 241 mil

La Sunafil indica que los trabajadores con resultado positivo a COVID-19 no tienen que compensar los días de licencia, pues deben tener descanso médico.

El comienzo de la tercera ola de la COVID-19 ha generado que miles de trabajadores se realicen pruebas para descartar posibles contagios, pero ¿qué sucede si dan positivo y no les otorgan un descanso médico?

La Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil) ha precisado que aquellas empresas que no acepten los resultados de las pruebas, sin importar si son de antígeno o PCR, serán sancionadas hasta con S/ 241,638.

Jesús Baldeón Vásquez, el jefe de la Sunafil, precisó que los trabajadores que tengan un resultado positivo a COVID-19 no tienen que compensar los días de licencia, estos solo deben ser recuperados si la prueba descarta el contagio.

«Después de resultar positivo opera el descanso, el certificado es un descanso médico. No tiene que recuperar las horas o días que tuvo de descanso médico», dijo el superintendente.

Añadió que en estos casos los trabajadores pueden realizar sus denuncias a través de la Sunafil.

«No aceptar la prueba antígena es una contravención a la normativa del Ministerio de Salud y esto podría ser pasible de una sanción. Para ello la Sunafil se encuentra atenta mediante dos canales: las líneas de comunicación para orientación y la página web para imponer sus denuncias», explicó.

Para consultas los empleados pueden comunicarse a la central telefónica de la Sunafil 390-2800 (opción 1).

Mientras que para reportar sus casos en la web www.gob.pe/sunafil y ubicar la sección ‘Orientación, trámites y servicios más visitados’, donde encontrará el enlace referido a ‘Denunciar incumplimientos laborales de una empresa privada’.

Fuente: Portal web RPP


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