SIRE: Sujetos obligados a partir del periodo de abril 2024 ahora empezarán en agosto 2024

SIRE Sujetos obligados a partir del periodo de abril 2024
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SIRE Sujetos obligados a partir del periodo de abril 2024

La obligación de llevar el Registro de Ventas e Ingresos y el Registro de Compras a través del Sistema Integrado de Registros Electrónicos (SIRE) se posterga del período de abril de 2024 al período de agosto de 2024 para los sujetos obligados.

La Resolución de Superintendencia N° 000063-2024/SUNAT, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 30 de marzo de 2024, posterga la obligación de llevar el Registro de Ventas e Ingresos y el Registro de Compras a través del Sistema Integrado de Registros Electrónicos (SIRE) para los sujetos obligados, pasando del período abril de 2024 al período agosto de 2024.

Esta disposición implica modificaciones en dos resoluciones:

  1. La Resolución de Superintendencia N.o 000112-2021/SUNAT, que establece nuevas disposiciones para el Registro de Ventas e Ingresos en forma electrónica y modifica resoluciones anteriores relacionadas con el tema.
  2. La Resolución de Superintendencia N.o 000040-2022/SUNAT, que aprueba el Sistema Integrado de Registros Electrónicos y el Módulo para el Registro de Compras dentro de dicho sistema.

El Sistema Integrado de Registros Electrónicos (SIRE) ofrece diversos beneficios:

  • Facilita el registro de compras y ventas, reduciendo costos de almacenamiento y conservación, así como errores en la información.
  • Contribuye a la gestión empresarial al proporcionar reportes sobre actividades comerciales, principales proveedores y clientes, para la toma de decisiones.
  • Envía alertas preventivas sobre posibles errores para su corrección oportuna.
    Permite a los contribuyentes acceder a su información en línea las 24 horas del día, sin restricciones.

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Fuente: El Peruano


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