SBS ajusta el capital social mínimo para entidades bajo su supervisión.
La SBS ordenó la actualización del capital social mínimo requerido para diversas entidades financieras (operaciones múltiples y especializadas, bancos de inversión) y empresas de seguros, incluyendo también a aquellas que ofrecen servicios complementarios.
Se oficializó, a través de la Circular N° G-227-2025 difundida hoy en El Peruano, la actualización correspondiente al periodo abril, mayo y junio del presente año.
La disposición legal señala que esta medida afecta a las empresas bajo la supervisión de la SBS que se mencionan en los artículos 16 y 17 de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la SBS.
En el cuadro que se muestra a continuación, se especifica la nueva cifra del capital social mínimo en moneda nacional (soles).
La SBS tiene a su cargo la regulación y supervisión de los sistemas financiero, de seguros, privado de pensiones y cooperativo de ahorro y crédito, y asimismo, es la entidad encargada de la prevención y detección del lavado de activos y del financiamiento del terrorismo.
El objetivo de la SBS es garantizar la protección de los intereses de los depositantes, asegurados y de los afiliados al Sistema Privado de Pensiones.
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Fuente: GESTIÓN