Las empresas deberán comprobar que registraron una caída de 30% o más en su nivel de ventas durante el 2021 para acceder a la reprogramación.
Las empresas deberán comprobar que registraron una caída de 30% o más en su nivel de ventas durante el 2021 para acceder a la reprogramación.
El Gobierno publicó hoy el Decreto de Urgencia que permitirá la reprogramación de los créditos otorgados a través del programa Reactiva Perú, como parte del apoyo a las empresas ante la pandemia.
La medida, impulsada por el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (Mincetur), podrá ser tomada por todas las empresas que todavía no hayan logrado una recuperación de sus actividades.
A través del Decreto de Urgencia Nº 011-2022 se establece que estas reprogramaciones se realizarán con una previa evaluación de las entidades financieras, las cuales podrán aplicar esta medida a créditos garantizados hasta por la suma de S/ 10 mil millones.
«La Garantía del Gobierno Nacional para la referida reprogramación amplía su plazo de acuerdo con los nuevos cronogramas de pago y mantiene el mismo porcentaje de cobertura pactado en las condiciones iniciales por el pago insoluto del capital», indican.
Las reprogramaciones aplican para quienes accedieron a los créditos del programa Reactiva Perú con garantía del Estado.
Si tu préstamo fue de entre S/ 90,001 y S/ 10’000,000, entonces deberás demostrar una caída de 30% o más en su nivel de ventas del 2021, en comparación con el 2019.
Pero, advierten que en el próximo «Reglamento Operativo» se pueden establecer otros requisitos y criterios de exclusión para las reprogramaciones de los créditos.
El decreto también indica que las Empresas del Sistema Financiero (ESF) podrán establecer un nuevo periodo de gracia para los beneficiarios de las reprogramaciones de hasta veinticuatro meses.
«En el caso del sector turismo, se puede establecer un periodo de gracia de hasta doce (12) meses adicionales al plazo antes señalado, sujeto a la evaluación de la ESF», precisan.
Respecto a la Tasa de interés de los créditos reprogramados, se explica que esta no puede ser superior a la TCEA máxima obtenida en las subastas de los programas dictados por el Gobierno durante la pandemia.
Agregan que, una vez aceptada la reprogramación, los empresarios podrán acogerse a las reprogramaciones y al periodo de gracia. El plazo máximo de acogimiento para las reprogramaciones es el 31 de diciembre de 2022.
Fuente: Diario RPP