Aprueban el reglamento de gestión integral de riesgos.
Aprueban el reglamento de gestión integral de riesgos.
La Superintendencia del Mercado de Valores (SMV) aprobó con Res. N°001-2023-SMV/01, el Reglamento Gestión Integral de Riesgos GIR, que entrará en vigencia a partir del 1° de marzo de 2023.
Según este reglamento, las entidades deben implementar la GIR bajo responsabilidad de sus Directorios, y su Declaración de Cumplimiento, bajo responsabilidad de la Gerencia General a partir del 30 de junio de 2024, para aquellas que no forman parte de un conglomerado financiero; excluyendo a las Empresas Clasificadoras de Riesgo (ECR), ya que estas se rigen por lo establecido en sus respectivos reglamentos.
El nuevo reglamento actualiza la normativa nacional sobre gestión de riesgos, y es resultado de las acciones de supervisión y consultas realizadas ante la SMV; y establece lineamientos, criterios y parámetros generales mínimos que la Entidad debe observar en el diseño, desarrollo y aplicación de su gestión integral de riesgos, que debe incluir la identificación, evaluación, tratamiento, información y comunicación, y monitoreo de los riesgos a los que están expuestos según el tamaño, volumen de transacciones y complejidad de las operaciones que realizan.
Estable además, que las entidades deben desarrollar un Manual de Gestión Integral de Riesgos y también sus lineamientos de conducta.
Es importante señalar que dicha norma busca fortalecer la lucha contra la corrupción desde la responsabilidad de las personas jurídicas contenidas en la Ley Nro. 30424; las cuales deben cumplir con estándares internacionales, como los que exige la OCDE con el objetivo de integrar su lista de países; y la regulación financiera local emitida en los últimos años, las definiciones de los diversos tipos de riesgos que enfrentan las Entidades que operan en el mercado de valores peruano.
Todo esto con el objetivo de fortalecer los criterios para que las Entidades, a las que la SMV otorga autorización de funcionamiento, desarrollen de manera adecuada su gestión integral de riesgos, considerando el tamaño, volumen de transacciones y complejidad de sus operaciones; un ambiente interno apropiado, que debe incluir la identificación, evaluación, tratamiento, monitoreo e información y comunicación de los riesgos, así como elaborar los reportes pertinentes de los riesgos que enfrentan.
Entre los principales cambios a la norma, podemos indicar los siguientes:
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Dr. Luis A. Meneses
Director de Riesgos Operacionales y Consultoría
Baker Tilly Perú