La SBS publica nueva normativa para reducir los riesgos en las cooperativas de ahorro y crédito.

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La SBS publica nueva normativa para reducir los riesgos en las cooperativas de ahorro y crédito.

La SBS implementó nuevas regulaciones que fijan estándares mínimos de liquidez para las Coopac, complementadas con otras medidas de control.

Asesoría Contable y Tributaria

Mediante la Resolución SBS N° 2347-2026, la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP implementó el Reglamento para la Gestión del Riesgo de Liquidez dirigido a las Coopac no autorizadas a captar recursos del público. Esta normativa introduce herramientas y exigencias internas adaptadas al tamaño y modelo operativo de cada entidad para blindar su estabilidad financiera.

Como se sabe, este segmento cooperativo ha presentado un perfil de riesgo más elevado que el de los bancos, microfinancieras y cajas municipales. Sin embargo, estas nuevas disposiciones buscan dotarlas de mayor solidez para afrontar con éxito escenarios adversos o de vulnerabilidad.

Entre las disposiciones principales, se establece que a partir del 31 de diciembre de 2026 fecha en que entra en vigencia la norma estas entidades deberán mantener un ratio de liquidez mínimo del 10%. Esto significa que tendrán que respaldar al menos el 10% de sus obligaciones a corto plazo, en un horizonte de hasta 360 días, utilizando activos líquidos disponibles.

SBS especifica disposiciones para las Coopac

La regulación delimita las funciones y responsabilidades del Consejo de Administración y de la Gerencia General. Adicionalmente, introduce indicadores de gestión diseñados para vigilar la liquidez de forma continua de acuerdo con cada modelo de negocio, exigiendo a las cooperativas la definición de límites internos específicos. SBS

Según explica la Superintendencia, el marco regulatorio se ha simplificado al establecer un solo indicador: el Ratio de Liquidez Global, cuyo cumplimiento mínimo será del 10%. Como parte de esta exigencia, las cooperativas deberán realizar pruebas de estrés y contar con planes de contingencia para detectar posibles riesgos a tiempo y proteger sus niveles de liquidez.

En su esfuerzo por consolidar el sistema cooperativo, la Superintendencia resaltó que viene organizando talleres presenciales, tanto teóricos como prácticos, a nivel nacional. Las sesiones están dirigidas a los directivos y funcionarios de las cooperativas con el fin de capacitarlos en la gestión del riesgo de liquidez y en la aplicación práctica de los nuevos reportes normativos.

Facultades de sanción y control de la SBS

Si la Superintendencia detecta que una Coopac, aun cumpliendo con el límite regulatorio establecido, exhibe un mayor riesgo en la estructura de su financiamiento, en sus operaciones o una gestión deficiente de su liquidez, estará facultada para imponer requerimientos o medidas prudenciales complementarias», especifica la nueva normativa.

Asimismo, el reglamento contempla que, ante un incumplimiento, la cooperativa deberá implementar correctivas específicas que incluyen:

•  Acciones inmediatas: Medidas correctivas de muy corto plazo para subsanar el incumplimiento reiterativo del límite regulatorio.

•  Análisis de causas y responsabilidades: Identificación de los motivos que provocaron la caída del ratio o la infracción, señalando las responsabilidades de directivos, gerentes, funcionarios y trabajadores, así como las fallas en el proceso de gestión de riesgos y en el plan de contingencia.

•  Ajustes operativos: Modificación de los procesos internos de gestión de riesgos, complementada con nuevos controles y plazos estrictos para corregir la situación y prevenir reincidencias.  SBS

•  Capacitación especializada: Un plan de formación reforzada en gestión del riesgo de liquidez dirigido al personal responsable de esta área en la entidad.

Fuente: INFOBAE

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