
CTS 2025: fecha límite del segundo depósito

El 15 de noviembre es la fecha límite anual para que las empresas privadas realicen el abono de la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) correspondiente al ciclo de mayo a octubre de 2025.
Si el día 15 cae en una jornada no laborable, la ley obliga a realizar el depósito de la CTS el día hábil inmediatamente posterior. Es crucial cumplir con esta obligación, ya que su omisión constituye una infracción grave sancionable por la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil).
Este beneficio está dirigido a los trabajadores del sector privado que cumplan dos condiciones para el depósito de noviembre de 2025: una jornada mínima de cuatro horas al día y haber completado por lo menos un mes de servicio en el periodo de mayo a octubre.
El dinero se debe depositar en una cuenta de ahorros a nombre del empleado, que puede ser la entidad que él elija o la asignada por su empleador. Además, la ley garantiza que estos fondos acumularán intereses.
Según la nueva ley en Perú, se ha extendido la autorización para que los trabajadores retiren el 100% de sus fondos de la CTS, siendo la fecha límite el 31 de diciembre de 2026.
A diferencia de la norma previa, que restringía el retiro total de la CTS a casos muy puntuales (como enfermedad terminal) o parcial a condiciones estrictas, la nueva ley permite la libre disponibilidad total de los fondos hasta el límite de la fecha mencionada.
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Fuente: TIME