En la quincena de marzo de cada año las empresas privadas, con más de 20 empleados, inician con el pago de utilidades para sus trabajadores
El reparto de utilidades debe realizarse dentro de los 30 días naturales luego del vencimiento del plazo para la presentación de la Declaración Anual del Impuesto a la Renta (IR).
De acuerdo con Cristina Oviedo, laboralista de Payet, este plazo que es improrrogable, incluso en el contexto actual, salvo se cambien las fechas establecidas para la presentación de la IR.
Las utilidades deben ser entregadas a todos trabajadores formales del sector privado que hayan cumplido la jornada máxima de trabajo establecida en la empresa, esto contando con los días de descanso por embarazo o descanso médico.
Además, también pueden cobrarlo los ex trabajadores de manera proporcional a los días trabajados durante el ejercicio correspondiente.
«Cuentan con el plazo de 4 años, a partir del momento en que debió efectuarse la distribución, para cobrar el beneficio», indica la especialista.
Para conocer el monto que le correspondería a cada trabajador se toma como base la cantidad de ingresos totales que registró la empresa en el año anterior.
Al monto de ganancias se le aplica un porcentaje que depende del sector al que pertenezca la empresa. La participación en las utilidades depende de la actividad que realice el empleador, como se muestra a continuación:
Luego de aplicado el porcentaje se determina el monto que le corresponderá a los trabajadores teniendo en cuenta dos criterios:
Fuente: Portal web RPP