La factura electrónica debe ser emitida a favor del adquiriente, siempre y cuando este disponga de un Registro Único de Contribuyentes (RUC).
La factura electrónica debe ser emitida a favor del adquiriente, siempre y cuando este disponga de un Registro Único de Contribuyentes (RUC).
La factura electrónica debe ser emitida a favor del adquiriente, siempre y cuando este disponga de un Registro Único de Contribuyentes (RUC), excepto en el caso de operaciones de exportación dirigidas a sujetos no domiciliados. Sin embargo, no se puede utilizar para respaldar el traslado de bienes y requiere una conexión a Internet para su emisión.
Es imperativo cumplir con ciertas condiciones para emitir la factura electrónica. Entre estas condiciones se encuentra la necesidad de tener el RUC con condición de domicilio fiscal «Habido», así como no tener el RUC en estado de «Suspensión Temporal de Actividades o Baja de Inscripción». Sunat
Es esencial considerar la forma de pago al emitir la factura electrónica. Si el importe total se paga en la fecha de emisión, se debe indicar «contado». Por otro lado, si se paga total o parcialmente en una fecha posterior, se debe indicar «crédito», detallando el monto neto pendiente y las fechas de vencimiento, excluyendo ciertas retenciones y depósitos. Sunat
Además, para emitir una factura electrónica se requiere el código de usuario y la clave SOL activa. Antes de comenzar, es importante familiarizarse con el proceso en el sistema Sunat Operaciones en Línea, seleccionando la opción «Empresa» y completando la información correspondiente.
Por último, se recomienda verificar minuciosamente la factura de forma preliminar antes de emitirla, ya que una vez realizada esta acción, el sistema la almacenará automáticamente. Este paso es crucial para evitar errores o discrepancias en el documento final.
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Fuente: El Peruano