Pago de utilidades en Perú: cómo calcular cuánto recibiré este 2021

Pago de utilidades en Perú cómo calcular cuánto recibiré este 2021
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Pago de utilidades en Perú cómo calcular cuánto recibiré este 2021

Como todos los años, las empresas privadas que cuentan con más de 20 trabajadores deben realizar el pago de las utilidades.

Entre el 25 de marzo y el 12 de abril de 2021, las empresas privadas en el Perú deberán presentar la declaración jurada anual del Impuesto a la Renta; luego de ello, tendrán un plazo de 30 días para pagar las utilidades a sus trabajadores en planilla y que laboraron durante el año anterior.

Si bien el 2020 ha sido un año que, en circunstancias especiales por la pandemia del COVID-19, las actividades económicas estuvieron paralizadas durante varios meses, las empresas del sector privado que cuentan con más de 20 trabajadores deben realizar el pago de utilidades correspondientes al 2020 en los plazos establecidos, debido a que es improrrogable, incluso en el contexto actual, salvo que se emita en los próximos días alguna disposición de rango legal que lo modifique.

Ante esta complicada situación, muchos trabajadores se preguntan si esta vez recibirán el pago adicional por parte de su empleador y si es así, cuánto exactamente. Por ello, a continuación te decimos cómo calcular la repartición de las ganancias anuales que deben realizar las empresas peruanas.

Los trabajadores que reciben utilidades son los que se encuentran en planilla y que laboraron durante el año anterior, incluidos los que tienen un contrato temporal o trabajan medio tiempo.

Asimismo, quienes hayan cumplido la jornada máxima de trabajo establecida en la empresa. Si la jornada es inferior, participarán en las utilidades en forma proporcional a la jornada laborada.

Los extrabajadores de la empresa también reciben la bonificación. En este caso, el monto se calcula en base a los días que trabajó y la remuneración que recibió durante el año que corresponde a las utilidades.

Eso sí, no reciben este beneficio los practicantes o ‘freelancers’ porque no son considerados dentro del régimen laboral general.

Fuente: Portal web Perú 21

 



 

 




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