La norma también dispone que las aseguradoras públicas y privadas incorporen en sus planes de seguro, de acuerdo a indicación del médico tratante.
La norma también dispone que las aseguradoras públicas y privadas incorporen en sus planes de seguro, de acuerdo a indicación del médico tratante.
“Las mujeres trabajadoras de la actividad pública y privada, incluida la Policía Nacional del Perú y las Fuerzas Armadas, tienen derecho a un día al año de licencia con goce de haber, cuando concurran a realizarse los exámenes de detección temprana del cáncer de mama y de cuello uterino”, señala el texto de la norma.
La medida fue aprobada mediante Ley Nº 31561, publicada hoy en el diario oficial El Peruano.
La norma también dispone que las aseguradoras públicas y privadas incorporen en sus planes de seguro, de acuerdo a indicación del médico tratante, lo siguiente:
Además, los establecimientos de salud públicos o privados establecen un procedimiento para la atención prestacional prioritaria de los pacientes con diagnóstico oncológico.
Por otro lado, el titular del establecimiento de salud deberá designar a un responsable de la atención prioritaria del paciente con diagnóstico oncológico. El Poder Ejecutivo en un plazo máximo de 60 días calendario para elaborar el reglamento de la ley.
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Fuente: Diario Perú 21