

Dr. Julio C. Cisneros
Socio de Impuestos
jcisneros@bakertilly.pe
Colaboradores:
-Cynthia S. Lazo
Analista de Precios de Transferencia.
-Kaori I. Valdivia
Asistente Tributario
Palabras clave: Valoración financiera, IVS, Precios de Transferencia, BEPS, OCDE, jurisprudencia tributaria, Perú, intangibles.
Las Normas Internacionales de Valoración (International Valuation Standards – IVS), emitidas por el International Valuation Standards Council (IVSC), constituyen un marco técnico global para la elaboración de valorizaciones financieras consistentes, transparentes y verificables. En el Perú, conforme al Decreto Supremo N.° 302-2025-EF publicado 17 de diciembre del 2025, para la aplicación de los “otros métodos” previstos en el numeral 7) del inciso e) del artículo 32-A de la Ley, se debe seguir lo dispuesto en las Normas Internacionales de Valuación vigentes al 1 de enero de 2025, en la medida en que no se opongan a lo establecido por la propia Ley.
El presente artículo desarrolla un análisis doctrinal y crítico sobre el alcance de las Normas Internacionales de Valoración – IVS, su grado de adopción en el contexto peruano, su articulación con las Directrices de la OCDE y el Proyecto BEPS, así como su potencial valor probatorio frente a la SUNAT y el Tribunal Fiscal.
La investigación emplea una metodología cualitativa basada en análisis documental normativo, doctrinal y jurisprudencial.
1.Introducción
La creciente sofisticación de las operaciones empresariales, la internacionalización de los modelos de negocio y la centralidad de los activos intangibles en la generación de valor han incrementado sustancialmente la necesidad de contar con valorizaciones financieras técnicamente robustas. Paralelamente, las administraciones tributarias, incluida la SUNAT, han elevado el estándar de revisión técnica de los estudios económicos, particularmente en materia de Precios de Transferencia.
En este contexto, las Normas Internacionales de Valoración (IVS) se consolidan como un estándar técnico internacional que aporta consistencia metodológica, trazabilidad de supuestos y rigor profesional (IVSC, 2022). Conforme lo señala el Decreto Supremo N.° 302-2025-EF, su uso progresivo refleja una convergencia práctica hacia estándares internacionales de alta calidad técnica, especialmente cuando las valorizaciones deben sostenerse ante fiscalizaciones, peritajes o controversias administrativas y judiciales.
2. Metodología
El presente trabajo adopta un enfoque cualitativo de tipo analítico y descriptivo.
Se emplean como técnicas de investigación el análisis documental de normas internacionales (IVS, Directrices de la OCDE, informes BEPS), normativa tributaria peruana, doctrina especializada y jurisprudencia administrativa del Tribunal Fiscal.
La finalidad es evaluar críticamente la pertinencia y utilidad de las Normas Internacionales de Valoración – IVS en el contexto peruano, así como su potencial contribución al fortalecimiento técnico de las valorizaciones financieras y los estudios de Precios de Transferencia.
3. Marco teórico y conceptual de las Normas Internacionales de Valoración – IVS
La Normas Internacionales de Valoración – IVS, constituyen un cuerpo normativo técnico orientado a garantizar que los trabajos de valoración cumplan principios esenciales de calidad profesional, entre los que destacan la coherencia metodológica, la objetividad, la transparencia en los supuestos utilizados y la adecuada revelación de limitaciones (IVSC, 2025).
Entre los estándares con mayor relevancia práctica se encuentran:
▪️ VS 100-Marco de valoración, establece el marco general para la realización de valoraciones, definiendo los criterios de responsabilidad del valuador, sus competencias profesionales, obligaciones éticas y los estándares de control de calidad aplicables al proceso de valuación.
▪️ IVS 101 – Alcance del trabajo, que exige definir con precisión el propósito de la valoración, los usuarios previstos y los requisitos mínimos exigidos.
▪️ IVS 102 – Bases de valor, que desarrolla categorías fundamentales como valor de mercado, valor razonable y valor de inversión.
▪️ IVS 103 – Enfoques de valoración, se deben considerar los enfoques de valoración pertinentes y adecuados, aplicándose uno o más según corresponda a la base de valoración.
Los enfoques principales son:
– Mercado
– Ingresos
– Costos.
▪️ IVS 104-Datos e insumos, se establece que la valoración debe integrar información objetiva con los supuestos y ajustes necesarios, priorizando los datos observables del mercado y asegurando la adecuada documentación que respalde los datos y supuestos utilizados.
▪️ IVS 105-Modelos de valorización, aborda la selección y uso de modelos para la implementación cuantitativa, total o parcial, de un método de valoración, asegurando que sean adecuados para el uso previsto, coherentes y probados para garantizar su correcta aplicación.
▪️ IVS 106-Documentación e informes, establece los requisitos para la documentación y presentación de informes, garantizando transparencia y claridad en la valoración. La información debe registrarse en papel, archivos electrónicos u otros soportes de grabación.
Ester marco conceptual resulta plenamente compatible con las exigencias técnicas que demandan las valorizaciones complejas en entornos regulatorios y tributarios exigentes.
4.Integración de las Normas Internacionales de Valoración – IVS, con las Directrices de la OCDE y el Proyecto BEPS.
La normativa peruana de Precios de Transferencia, contenida en el artículo 32-A de la Ley de Impuesto a la Renta, se encuentra alineada con las Directrices de la OCDE (OECD, 2022). A partir del Proyecto BEPS, particularmente mediante las Acciones 8, 9 y 10, se ha reforzado el enfoque sustancial sobre la creación de valor económico, priorizando la alineación entre beneficios y funciones DEMPE en materia de intangibles (OECD, 2015).
Este nuevo paradigma exige una mayor sofisticación técnica en la valoración económica, especialmente en relación con activos intangibles únicos y valiosos. En este punto, las Normas Internacionales de Valoración – IVS, proporcionan un soporte metodológico especializado para la aplicación de técnicas avanzadas tales como modelos de flujo de caja descontado, método de alivio de regalías, enfoques de ingresos, mercado y costo, así como metodologías híbridas y análisis de escenarios.
En consecuencia, puede sostenerse que las Normas Internacionales de Valoración – IVS no compiten con las Directrices de la OCDE, sino que operan como un marco técnico complementario que fortalece la calidad metodológica de las valorizaciones exigidas bajo el principio de plena competencia.

5. Recepción práctica de las Normas Internacionales de Valoración – IVS en el contexto peruano
5.1 Práctica profesional especializada
En el ámbito profesional peruano, las principales firmas de auditoría, consultoría financiera, banca de inversión y peritaje económico han venido incorporando progresivamente las Normas Internacionales de Valoración – IVS, como estándar técnico en trabajos de valorización empresarial y financiera.
Esta práctica responde a la necesidad de satisfacer estándares internacionales exigidos por inversionistas, reguladores y tribunales, más que una obligación normativa expresa.
5.2 Convergencia con las NIIF
La aplicación obligatoria de las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF) en el Perú ha impulsado indirectamente la adopción de técnicas alineadas con las Normas Internacionales de Valoración – IVS.
En particular, la NIIF 13 exige metodologías de medición del valor razonable que, en la práctica profesional, suelen desarrollarse con base en enfoques reconocidos por las Normas Internacionales de Valoración – IVS (IFRS Foundation 2025).
5.3 Valor probatorio en procedimientos administrativos y jurisdiccionales
Las Normas Internacionales de Valoración – IVS, recientemente han sido incorporadas en el Perú (mediante DS. N.º 302 – 2025-EF), para la aplicación de “otros métodos” señalados en el artículo 32-A de la Ley del Impuesto a la Renta, su utilización como estándar técnico fortalece de manera significativa el valor probatorio de los informes de valorización.
En procedimientos contencioso tributarios, la calidad metodológica, la consistencia de los supuestos y la trazabilidad de los cálculos resultan determinantes para la valoración de la prueba pericial-
6. Jurisprudencia administrativa peruana y exigencia de sustento técnico.
La jurisprudencia del Tribunal ha sostenido reiteradamente que los informes periciales y estudios económicos deben encontrarse debidamente sustentados en criterios técnicos objetivos, descartando valoraciones meramente estimativas o insuficientemente fundamentadas.
Resoluciones como la RTF N° 06856-1-2024 y la RTF N° 02334-5-2022, han resaltado la necesidad de que los informes revelen con claridad la metodología empleada, los supuestos adoptados y la razonabilidad económica de los resultados.
Si bien dichas resoluciones no exigen expresamente la aplicación de las Normas Internacionales de Valoración – IVS, los estándares probatorios desarrollados por el Tribunal Fiscal resultan ampliamente compatibles con los principios estructurales de estas normas, particularmente en cuanto a transparencia metodológica, diligencia profesional y trazabilidad de la información utilizada.
7. Ventajas técnicas y estratégicas de la aplicación de las Normas Internacionales de Valoración – IVS, en el Perú
Desde una perspectiva técnica y estratégica, la aplicación de las Normas Internacionales de Valoración – IVS, ofrece ventajas concretas:
– Fortalece la calidad de los informes de valorización.
– Mejora su consistencia interna.
– Incrementa su credibilidad ante la SUNAT y otros usuarios especializados
– Reduce el riesgo de observaciones metodológicas en procedimientos de fiscalización.
En contextos de Precios de Transferencia vinculados a intangibles, la aplicación conjunta de Directrices OCDE, enfoque BEPS y las Normas Internacionales de Valoración – IVS constituye uno de los esquemas más robustos disponibles en la práctica profesional contemporánea.


8. Desafíos para su consolidación en el Perú
Pese a su utilidad técnica, persisten retos relevantes:
– La ausencia de reconocimiento normativo expreso.
– La limitada formación especializada en valoración financiera avanzada.
– La heterogeneidad metodológica entre profesionales.
– La escasa referencia explícita a estándares de valoración en la jurisprudencia administrativa.
Superar estas limitaciones requiere esfuerzos conjuntos desde la academia, la práctica profesional y los organismos reguladores.
9. Conclusiones
Las Normas Internacionales de Valoración – IVS, constituyen un estándar técnico de alta calidad cuya relevancia práctica en el Perú, resulta cada vez más evidente, particularmente en materia de valorización de intangibles y Precios de Transferencia.
Su articulación con las Directrices de la OCDE y el enfoque sustantivo del Proyecto BEPS permite construir análisis económicos más sólidos y defendibles ante la Administración Tributaria.
Aunque no obligatorios desde el punto de vista normativo, las Normas Internacionales de Valoración – IVS, representan actualmente una herramienta estratégica indispensable para elevar el estándar técnico de la valoración financiera en el país.

– International Valuation Standards Council. (2025). International valuation standards. IVSC.
– International Financial Reporting Standards Foundation. (2025). IFRS 13: Fair value measurement. IFRS Foundation.
– Organisation for Economic Co-operation and Development. (2015). Aligning transfer pricing outcomes with value creation, Actions 8-10-2015 Final Reports. OECD Publishing.
– Organisation for Economic Co-operation and Develoment. (2022) OECD transfer pricing guidelines for multinational enterprises and tax administrations. OECD Publishing.
– Perú, Presidencia de la República (2025). Texto Único Ordenado de la Ley del Impuesto a la Renta (artículo 32-A y modificatorias). Diario Oficial El Peruano.
– Tribunal Fiscal del Perú. (2024) Resolución del Tribunal Fiscal N° 06856-1-2024.
– Tribunal Fiscal del Perú. (2018). Resolución del Tribunal Fiscal N° 02334-5-2022
