En la segunda parte de la guía proporciona los instrumentos necesarios para que cada país pueda elaborar su propia normativa y de este modo en lo posterior genere los regímenes de documentación de precios de transferencia (PT).
En la segunda parte de la guía proporciona los instrumentos necesarios para que cada país pueda elaborar su propia normativa y de este modo en lo posterior genere los regímenes de documentación de precios de transferencia (PT).
En primera instancia, se sabe que las diversas naciones tienen una variedad de enfoques al momento de redactar la obligatoriedad de la presentación de documentos en materia de PT. Por ello la OCDE recomienda que las formas de documentación estén redactadas como derecho primario (código tributario, estatuto tributario o legislación tributaria), de este modo el trámite de derecho derivado (reglamentos y/o decretos) se podrá generar normas más completas y detalladas o algunos aspectos específicos, en lo posterior se generará directrices complementarias (procedimientos administrativos) para fortalecer la interpretación de los derechos anteriores.
Es apropiado determinar quién asume la carga de prueba, es decir, si el contribuyentes o la administración tributaria local es responsable de demostrar que el precio de determinada transacción se ajusta al principio de plena competencia. Cabe precisar que si la administración tributaria asume la carga de la prueba generaría un incentivo perverso, pues los contribuyentes no brindarían la información necesaria y/o podrían modificar cierta documentación para su beneficio, en este caso el fisco debería de generar sanciones fuertes y esto generaría una desconfianza entre ambas partes.
La confidencialidad también es un punto central en esta sección, por ello se sigue los parámetros de la Acción 13 de las BEPS, donde indica que las distintas administraciones tributarias deben de tomar medidas necesarias para evitar la divulgación de información privada.
Para cumplir con los plazos y presentaciones de la documentación establecida, se ha detallado tres problemas de calendario según tipo de documentación en el Anexo 1.
El incumplimiento de la presentación de documentos conllevaría a aplicar sanciones según reglamento de cada país, de igual forma se podría aplicar sanciones elevadas en relación al tipo de ajuste de precios de transferencia que estipula la administración tributaria.
El acceso a la documentación localizada en otra jurisdicción, afecta a los distintas tipos de reporte local, reporte maestro y reporte país por país; puesto que las casas matrices en la mayoría de los casos no proporciona información a sus filiales generando así una asimetría de la misma para las potenciales fiscalizaciones de la administración tributaria y generaría sanciones relevantes.
Esta segunda parte ayuda principalmente a delimitar las directrices necesarias para poder establecer la normativa correcta, según exigencias y necesidades de cada país que adopte estas medidas fundamentales para el cumplimientos de los parámetros OCDE en materia de precios de transferencia.
División de Tributación e Impuestos
Baker Tilly
Una Mirada Local y Global