SUNAT
Se ha extendido el plazo límite hasta el 31 de julio para que los contribuyentes regularicen sus registros electrónicos pendientes en el SIRE, sin que esto genere sanciones administrativas.
Según la Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta de Tributos Internos N.º 003-2025-SUNAT/700000, publicada en el diario oficial.
La SUNAT ha concedido una extensión de plazo hasta el 31 de julio para que los contribuyentes obligados a utilizar el SIRE para el Registro de Ventas Electrónico y el Registro de Compras Electrónico puedan regularizar su presentación.
Esta medida busca facilitar la adaptación de los usuarios al soporte técnico de la SUNAT.
Con el objetivo de promover la adecuada implementación del SIRE, la Administración Tributaria continuará brindando apoyo y capacitación, y la facultad discrecional para evitar sanciones se extenderá a los periodos de enero a junio de 2025.
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Fuente: EL PERUANO