
Durante una capacitación sobre “Responsabilidad penal de las Personas Jurídicas en el Perú” surgió una pregunta:
¿Es lo mismo Compliance y Antifraude?
Sobre el particular algunas definiciones y reflexiones que pueden ser de interés.
¿Qué es Compliance?
En esencia, compliance es un sistema de gestión orientado a que la organización cumpla con las reglas del juego.
Reglas externas:
• Leyes,
• Regulaciones,
• Estándares sectoriales.
Reglas internas:
• Políticas,
• Códigos de conducta,
• Decisiones de gobierno corporativo.
Y algo que no decimos, pero que necesariamente forma parte del comportamiento de las organizaciones en la sociedad.
Reglas “sociales”:
• Expectativas de la sociedad
• Contribución a la convivencia social
Desde aquí ya entendemos que Compliance, es más que evitar sanciones, es reducir la probabilidad de decisiones incorrectas, incluso cuando no hay una norma explícita.
Por eso incluye:
• Identificación de riesgos,
• Controles,
• Capacitación,
• Monitoreo,
• Cultura ética.
Dicho de forma sencilla:
El Compliance busca que la organización haga lo correcto… de manera sistemática.
¿Qué es Antifraude?
El antifraude se enfoca en prevenir, detectar e investigar actos de fraude, es decir, conductas intencionales destinadas a obtener un beneficio indebido.
Hablamos de situaciones como:
• Manipulación de información financiera,
• Apropiación de activos,
• Esquemas colusorios,
• Corrupción interna,
• Falsificación.
Aquí el punto clave es la intencionalidad.
No es un error. No es un descuido. Es alguien que decide vulnerar el sistema.
Por eso el antifraude trabaja con herramientas más específicas:
• Matrices de riesgo de fraude,
• Controles antifraude (no solo controles igenerales),
• Analítica de datos,
• Auditoría forense,
• Investigación.
Si compliance construye el marco, el antifraude pone a prueba ese marco.
¿En qué se parecen?
Hay una zona donde ambos coinciden:
• Ambos gestionan riesgos.
• Ambos buscan prevenir daños (legales, ffinancieros, reputacionales).
• Ambos requieren controles internos.
• Ambos dependen de la cultura organizacional.
• Ambos necesitan información para ifuncionar.
En la práctica, muchas herramientas se superponen. Y eso puede generar la ilusión de que son lo mismo.
No lo son.
¿En qué se diferencian?
1. Alcance
• Compliance: amplio, abarca múltiples riesgos (regulatorios, éticos, legales, expectativas comunitarias).
• Antifraude: específico, centrado eniiiiii eliifraude.
2.Naturaleza del riesgo
• Compliance: incumplimientos que pueden ser incluso no intencionales.
• Antifraude: conductas deliberadas.
3. Enfoque
• compliance: preventivo, normativo,iiiiii cultural.
• Antifraude: preventivo, pero también detectivo e investigativo.
4. Profundidad técnica
• compliance: controles generales y iiiiiii marcos de conducta.
• Antifraude: controles diseñados contra esquemas concretos de fraude.
5. Momento de acción
• Compliance: antes y durante.
• Antifraude: antes, durante… y con especial fuerza después, cuando hay que reconstruir lo ocurrido.
El Antifraude cuenta con la ISO 37003:2025
La ISO 37003:2025 propone un sistema de gestión de control del fraude. Es decir, toma el antifraude y lo convierte en un sistema estructurado.
Introduce algo que antes no siempre estaba claro:
• El fraude no es un incidente aislado, es un riesgo que debe gestionarse con método.
Esto implica:
• Identificar riesgos de fraude de forma específica,
• Diseñar controles dirigidos,
• Establecer mecanismos de detección,
• Investigar con criterios definidos,
• Aprender del evento y ajustar el sistema.
En otras palabras, profesionaliza el antifraude.
Entonces… ¿El Antifraude es parte del Compliance?
La respuesta es contundente: Si
El antifraude es un componente del compliance, pero no cualquier componente. Es uno que, con la llegada de ISO 37003, adquiere autonomía técnica y profundidad propia.
Antes, en muchas organizaciones, el antifraude era:
• Implícito,
• Parcial,
• o subordinado a auditoría interna.
Hoy, con ISO 37003, se espera algo distinto:
• Un sistema formal,
• Integrado,
• Medible,
• y en mejora continua.
Así que sí, forma parte del compliance, pero de ninguna manera es un apéndice menor.
Una forma de entenderlo
• Compliance: establece las reglas y el marco de comportamiento para prevenir la comisión de delitos, velar por el cumplimiento de las normas, la gobernanza y contribuir al logro de los objetivos de la organización.
• Antifraude: asume, de maneraiiiiiiii específica en el fraude, que alguien intentará vulnerar el sistema y diseña cómo evitarlo, detectarlo y reaccionar.
En todos los casos se reconoce que el riesgo es permanente y la organización debe estar preparada no solo para prevenirlo, sino para enfrentarlo cuando inevitablemente se manifieste.
Y tú, qué opinas?

Dr. (c) Daniel F. Ramsay
Socio de Consultoría y SPLAFT
Baker Tilly Perú
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