

La nueva normativa del Ministerios de Economía y Finanzas (MEF), regula el uso de billeteras digitales para el abono de haberes, una medida que busca modernizar la gestión laboral y promover la inclusión financiera de los trabajadores.
Tras la publicación del Decreto Supremo N° 011-2026-EF el pasado 6 de febrero, el Gobierno oficializó la normativa que reglamenta la Ley N° 32413. Con esto, queda formalmente habilitado el uso de billeteras digitales para haberes y beneficios sociales, completando el marco legal que se encontraba pendiente desde julio de 2025.
Cabe precisar que la normativa busca masificar el acceso a herramientas financieras modernas, garantizando que la inclusión financiera se promueva de manera ágil y efectiva en todo el país.
Esta normativa reconoce que las billeteras digitales son clave para la inclusión financiera y la competitividad. Al integrar los avances tecnológicos y el crecimiento de las fintech, se promueve una transformación del sistema bancario que favorece directamente la economía formal.
De acuerdo con la normativa vigente, el uso de billeteras digitales para haberes y beneficios sociales procede únicamente por mutuo acuerdo entre la empresa y el colaborador. Esta elección queda supeditada a la conveniencia del trabajador y debe garantizar, en todo momento, el cumplimiento de los estándares de seguridad que dicta el reglamento.
Fuente: Andina
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