

La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) ajustó su Reglamento de Infracciones y Sanciones con el objetivo de consolidar sus facultades de control y sincronizar el régimen sancionador con las exigencias recientes del sector.
La medida, oficializada a través de la Resolución SBS N.° 01923-2026, contempla la incorporación de nuevas faltas, la actualización de aquellas ya vigentes y la supresión de normas que habían quedado obsoletas.
Los cambios abarcan a las empresas del sistema financiero, aseguradoras, administradoras de fondos de pensiones (AFP), derramas y cajas de beneficios, además del resto de instituciones fiscalizadas por la SBS. De igual forma, las disposiciones aplican a accionistas, directores, gerentes, personal y colaboradores de supervisión, de acuerdo con cada caso.
Entre los puntos más destacados resalta la inclusión de nuevas faltas asociadas a la utilización de modelos de gestión de riesgos no autorizados, la compra y venta de carteras de créditos, la entrega de financiamientos con ventajas preferenciales a personas vinculadas, y la infracción de las normativas sobre el cálculo y aplicación de tasas e intereses que causen daños económicos a los clientes.
En el sector asegurador, la normativa introduce penalidades por faltas relacionadas con fianzas, reservas técnicas, tasación de inversiones, vigencia de coberturas y abono de componentes de ahorro e inversión, sumando además nuevas penalizaciones para liquidadores de siniestros y transacciones que exigen el visto bueno previo de la SBS.
Fuente: EL PERUANO