Terminó el año 2025 ¿Y tú Sistema de Prevención del Lavado de Activos (SPLAFT)?

Terminó el año 2025 ¿Y tú Sistema de Prevención del Lavado de Activos (SPLAFT)?

Terminó el año 2025 ¿Y tú Sistema de Prevención del Lavado de Activos (SPLAFT)?

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Terminado el año, el SPLAFT de tu empresa debería quedar “ordenado” y con una hoja de ruta clara para 2026, incluyendo básicamente, evaluación del sistema, planificación, auditorías e informe anual del oficial de cumplimiento.   activos

Sobre el particular alcanzo algunas ideas clave que conviene revisar en tu organización.

¿Realizaste una evaluación integral del SPLAFT de tu organización por el periodo 2025?

No se trata solo de cumplir con un requisito formal, sino de medir si el sistema realmente está protegiendo de la penetración de recursos de procedencia ilícita a tu organización. Algunas sugerencias:

– Revisar si las políticas y procedimientos siguen alineados con la normativa de la SBS, la UIF Perú y otros reguladores que apliquen a tu sector.

– Verificar si el enfoque basado en riesgos está bien aplicado: segmentación de clientes, productos, canales y zonas geográficas con criterios claros y actualizados.

– Analizar si los controles (señales de alerta, monitoreo, reportes internos) están detectando a tiempo operaciones inusuales y sospechosas, o si hay brechas evidentes.

– Evaluar si los criterios para calificar operaciones como inusuales o sospechosas siguen vigentes.

Tener presente que estas sugerencias servirán para la Auditoria Interna y/o Externa del SPLAFT, de ser el caso, y también para el Informe Anual del Oficial de Cumplimiento (IAOC). Lo fundamental es que exista evidencia del trabajo realizado, informado a la Alta Dirección, de los requerimientos realizados y la toma de decisiones a partir de estos.

Planificación del SPLAFT para el 2026

Con los resultados de la evaluación realizada, surge la pregunta ¿ya tienes un plan concreto de SPLAFT para 2026? Es vital reconocer que los riesgos y la normativa evolucionan, y el plan debe reflejarlo.

Consideramos como mínimo:

– Objetivos claros: entre otros, actualizar la matriz de riesgos, mejorar el monitoreo transaccional, reducir tiempos de atención de alertas o fortalecer el conocimiento del cliente.

– Actividades específicas: actualización del manual SPLAFT, revisión del modelo de segmentación, ajustes a listas de alertas, e incorporación de nuevas tipologías de LAFT.

– Cronograma y responsables: fechas realistas, responsables definidos (Oficial de Cumplimiento, Riesgos, TI, áreas de negocio) y recursos asignados.

– Plan de Capacitación 2026, para todo el personal incluyendo Alta Dirección, evidenciando nuevos riesgos identificados, cambios regulatorios recientes, nuevas recomendaciones de GAFI y lecciones aprendidas; particularmente de casos en la propia organización.

El plan de SPLAFT debe ser aprobado por el Directorio u órgano equivalente, servirá de sustento para la asignación presupuestal requerida y estar disponible para sustentar la gestión preventiva frente a reguladores y auditores.

Informe Anual del Oficial de Cumplimiento (IAOC)

La UIF Perú ha establecido que este Informe debe aprobarse, a más tardar el 30 de enero 2026, por el Directorio o la Gerencia General de no contar con ese órgano y presentarse, a más tardar, el 16 de febrero del presente año.

Informe Anual de Auditoría Interna (IAI)

El Sujeto Obligado debe elaborar el IAI respecto de su SPLAFT que debe ser puesto en conocimiento del Directorio u órgano equivalente, a más tardar el 30 de enero 2026 y enviado a la UIF-Perú, como fecha límite el 16 de febrero del año en curso, a través del Portal de PLAFT, como anexo del IAOC.

Informe Anual de Auditoría Externa (IAE)

El SPLAFT debe ser evaluado anualmente, por una sociedad de auditoría externa distinta a la que emite el informe anual de estados financieros, o por un equipo completamente distinto a este, siempre que el sujeto obligado tenga la obligación legal de contar con auditoría externa.

La firma auditora externa independiente debe remitir las conclusiones del IAE al organismo supervisor y a la UIF-Perú, en un plazo máximo de treinta (30) días contados a partir de la fecha de dicho informe.

Estas pocas sugerencias y otras más que pueden adicionarse nos invitan a reflexionar si hemos cerrado el año sin haber evaluado el SPLAFT, sin un plan 2026, sin el IAOC listo para aprobarse, sin definiciones sobre la auditoría externa y sin claridad sobre el avance de la auditoría interna; significa entrar al nuevo año en desventaja frente al riesgo de SLAFT y frente a los reguladores.

Es momento de ordenar la empresa, no cuando se acerquen las visitas de inspección o los plazos de entrega de informes.

Dr. (c) Daniel F. Ramsay
Socio de Consultoría y SPLAFT
Baker Tilly Perú

Servicio de Consultoría Empresarial

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